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Anatomía del despilfarro (I)

Anatomía del despilfarro (I)

Malagón

Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.

   Artículo 50. Constitución española

Desde hace al menos veinte años, la viabilidad del sistema público de pensiones es cuestionada por nuestros gobernantes y cada cierto tiempo entra en la agenda política, siendo debatida con profusión de datos en los principales medios de comunicación. Según los políticos que apoyan un sistema económico neoliberal cada vez más extendido en Occidente, que defienden la idea de un Estado más pequeño en el cual la empresa privada tendrá un peso cada vez mayor y un poder más omnímodo, entre los principales problemas para el mantenimiento de las pensiones está un hecho incuestionable: que la tasa de natalidad de las naciones avanzadas permanece estancada desde finales del siglo XX, lo cual hace que menos personas laboralmente activas trabajen para más personas que ya no trabajan y que cada vez van a vivir más tiempo como dependientes del Estado de Bienestar. La premisa de la pirámide invertida es cierta, pero no es una verdad absoluta porque los partidarios del sistema neoliberal mienten cuando nos dicen que el único modo de financiar las pensiones públicas es mediante las cotizaciones de los trabajadores en activo. Esto es una falacia, porque los Estados disponen de otros ingresos diferentes de las aportaciones directas de los trabajadores. En nuestro país, las pensiones se financian, básicamente, mediante esas aportaciones, pero en otros países se sufragan también a través de los impuestos o de otros ingresos.

Fraude fiscal y economía sumergida:

En el caso de España, Gestha, la organización que agrupa a técnicos e inspectores de Hacienda, declara que el 72% del fraude fiscal que se produce en nuestro país lo llevan a cabo las grandes empresas y las grandes fortunas. Gestha calcula que la suma del dinero que pierde el Estado anualmente asciende a 88.000 millones, 59.000 millones en impuestos y 29.000 en cotizaciones a la Seguridad Social. Jesús Barcelona, coordinador en Asturias del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda, señala que el Estado no reconoce estas cifras pese a que están avaladas por estudios de varias universidades y por la propia Comisión Europea. Las cifras de Gestha son claras: el fraude fiscal en España se sitúa en torno al 23%, cuando la media europea es del 13%. Si España consiguiese reducir el fraude a niveles europeos podría ingresar 38.000 millones de euros adicionales al año, lo que supondría cuatro veces más que la cantidad recaudada si se aumentase el impuesto del IVA en dos puntos. La diferencia entre los 88.000 millones de fraude fiscal estimado y los 38.000 millones que el Estado podría recuperar se establece porque ningún país del mundo es capaz de detectar la totalidad del fraude que se produce en su territorio.

La organización que agrupa a técnicos e inspectores de Hacienda declara que el 72% del fraude fiscal que se produce en nuestro país lo llevan a cabo las grandes empresas y las grandes fortunas

La importancia de estas cantidades está determinada por el presupuesto anual que el Estado español dedica al pago de pensiones, una cifra que ascendió a 139.647 millones de euros en 2017. Los últimos datos completos del déficit público de los que disponemos son los de 2016, año en que el déficit alcanzó el 4,51%, es decir, 50.401 millones de euros. El año 2017 se cerró con una cifra estimada del 3,1%. Informes de la Unión Europea cifran en algo más de 12.000 millones de euros los recortes llevados a cabo en gasto sanitario en nuestro país entre 2009 y 2016. En cuanto al gasto público dedicado a Educación de las diferentes administraciones en España, la cifra alcanzaba en 2015 (último ejercicio del cual se tienen datos completos) los 43.979 millones de euros. De los 28 países que conforman la Unión Europea, España ocupa el puesto 23º en cuanto al porcentaje de dinero público destinado a la Educación, con un 4,1% del PIB, muy lejos del 7% de Dinamarca; el 6,5% de Suecia; el 6,4% de Bélgica; o el 6,2% de Finlandia. También estamos lejos de la media europea de gasto en Educación por habitante, que se sitúa en 1.405,38 euros; en este sentido, nuestro país ocupa el puesto 17º de la Unión, con 957,68 euros per cápita. Los recortes en Educación entre 2009 y 2013 fueron de 9.000 millones de euros. Los efectos de estos recortes han sido devastadores: un informe de Comisiones Obreras estima que entre 2012 y 2017 la enseñanza pública perdió 22.531 profesores. Se produjo un incremento de 20.791 personas en el personal interino, así como un envejecimiento de las plantillas, un incremento del número de alumnos por clase y una pérdida para los alumnos de horas de biblioteca, de tutorías y de atención a los alumnos con necesidades especiales. También se han producido recortes en las becas destinadas a la compra de libros de texto y en las ayudas de comedor. Comparemos todas estas cifras de recortes con las cantidades que España puede recaudar anualmente si mejora sus procedimientos a la hora de perseguir el fraude fiscal y la economía sumergida.

El fraude fiscal en España se sitúa en torno al 23%, cuando la media europea es del 13%

Entre las principales dificultades a la hora de afrontar el problema del fraude fiscal está la insuficiente dotación de medios humanos, puesto que en los países de nuestro entorno se destinan entre cuatro y cinco veces más recursos económicos y más personal para detectar el fraude. La organización del trabajo dentro de la Agencia Tributaria también es determinante ya que, aunque el 72% del fraude lo cometen las grandes empresas o las mayores fortunas, cuatro de cada cinco trabajadores de Hacienda de nuestro país que trabajan en la lucha contra el fraude se dedican a investigar a ciudadanos con recursos menores y a empresas pequeñas. El porcentaje entre los técnicos de la Agencia Tributaria dedicados a la lucha contra el fraude respecto a la población está en 1 empleado por cada 1.928 ciudadanos, mientras que la media de la OCDE se sitúa en 1 empleado por cada 900 ciudadanos (1 por cada 860 en Francia; 1 por cada 729 en Alemania; y 1 por cada 551 en Luxemburgo). La falta de inversión también explica la poca eficacia de la Hacienda pública en la lucha contra los defraudadores: tan solo el 30% del personal de la Agencia Tributaria se dedica a la inspección, en contraste con el 42% de la media de la Unión Europea. De resultas de estos datos, los inspectores sólo consiguen detectar el 10% del dinero defraudado. Buena parte del fraude prescribe porque los expedientes iniciados no finalizan a tiempo. Las cantidades que el Estado podría obtener con una inversión más eficiente en la lucha contra el fraude son estimadas, pero se consideran bastante realistas porque los países de nuestro entorno tienen niveles de impuestos similares, lo que significa que, si bien no habría un incremento espectacular de las cantidades conseguidas a corto plazo, sí serían importantes a medio y largo plazo.

La economía sumergida en su conjunto se define como una variable no observada: esto significa que sólo puede evaluarse mediante variables medibles que no son directas. Según un estudio de la universidad alemana de Tubinga, la economía ilegal en España equivale al 17,2% del PIB, lo que nos sitúa en el tercer puesto a nivel europeo, sólo por detrás de Italia y Grecia, segundo y primero con un 19,8% y un 21,5% respectivamente. Naturalmente, el ciudadano medio tiene una responsabilidad decisiva en el fraude fiscal porque este no se circunscribe tan solo al fraude que llevan a cabo las grandes empresas, sino al rechazo de facturas por trabajos menores con el fin de evitar el pago del IVA, la evasión fiscal a escala menor, la contratación no declarada de trabajadores en negocios pequeños, el fraude en el número de horas declaradas de los trabajadores por parte de los empresarios en PYMES o la producción clandestina de bienes de todo tipo.

De los 28 países que conforman la Unión Europea, España ocupa el puesto 23º en cuanto al porcentaje de dinero público destinado a la Educación, con un 4,1% del PIB, muy lejos del 7% de Dinamarca; el 6,5% de Suecia; el 6,4% de Bélgica; o el 6,2% de Finlandia

El estudio de la universidad de Tubinga contrasta con el informe elaborado por el profesor Jordi Sardà, de la Universidad Rovira i Virgili (Tarragona), en 2014. Este estudio fue presentado por técnicos de Hacienda pertenecientes a Gestha y en el mismo se aseguraba que en 2012 la economía sumergida había alcanzado los 253.000 millones de euros, cifra equivalente al 22,6% del Producto Interior Bruto español de entonces. El informe analizaba variables como el sector de la construcción, el desempleo, el consumo eléctrico o la tasa de actividad para evaluar de forma fiel el porcentaje de economía sumergida. El estudio señalaba que el desplome de la construcción-un sector clave de la economía ilegal en nuestro país- no produjo un afloramiento de su actividad oculta ante Hacienda. También se destacaba que, en las regiones con mayor nivel de desempleo, que a la vez fueron las más afectadas por el impacto de la caída del sector de la construcción se registraba una mayor actividad de fraude fiscal: así, el nivel de economía sumergida llegaba al 31,1% en Extremadura; al 29,2% en Andalucía; o al 29,1% en Castilla-La Mancha. Madrid es la Comunidad Autónoma con menos fraude con una tasa del 17,3%, si bien los técnicos de Hacienda señalan que los datos de Madrid pueden inducir a engaño, puesto que la capital de España es la sede del 60% de las empresas más grandes, que son más tendentes a evitar el pago de impuestos por medio de la ingeniería fiscal y no mediante el fraude directo. El informe también puso de manifiesto que la economía sumergida es un mal endémico en provincias como Toledo, Orense, Ávila y Albacete, todas estas áreas son provincias de interior, su economía apenas tiene estructura industrial y la inversión exterior es escasa o nula.

La enorme diferencia entre las cifras de economía sumergida (entre 180.000 millones si nos atenemos a los números presentados por el estudio de la Universidad de Tubinga y los 253.000 millones citados en el informe de Jordi Sardà) y las de fraude fiscal (88.000 millones de euros) se produce porque el primer concepto se refiere a todas las formas de economía no declarada, mientras que el segundo hace alusión, únicamente, al hecho de eludir el pago de impuestos. Las cifras han de ser obligatoriamente dispares, puesto que sólo una parte de la actividad económica generada se destina al pago de tributos.

El porcentaje entre los técnicos de la Agencia Tributaria dedicados a la lucha contra el fraude respecto a la población está en 1 empleado por cada 1.928 ciudadanos, mientras que la media de la OCDE se sitúa en 1 empleado por cada 900 ciudadanos

Los conocidos como papeles de Panamá fueron una serie de documentos confidenciales pertenecientes al bufete de abogados de Panamá, Mossack Fonseca, que fueron filtrados a través de una fuente no identificada al diario alemán Süddeutsche Zeitung. El periódico germano compartió los datos con el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ), mostrando como se ocultaban las propiedades, empresas, activos financieros, dinero y otros productos destinados a la evasión tributaria por parte de personas del mundo de la política, las finanzas, el deporte, el arte, etcétera. El bufete Mossack Fonseca prestaba labores de asesoramiento con el fin de ocultar la identidad de los propietarios de bienes y de dinero. El 13 de diciembre de 2017, se aprobó en el Parlamento Europeo un informe elaborado por la Comisión Panamá Papers, pero los votos en contra del Partido Popular Europeo y los liberales de ALDE (grupo en el que se encuentra Ciudadanos), a los que hubo que sumar la abstención de los Socialistas de Europa, lograron suprimir varias de las enmiendas para luchar contra la economía ilegal. El resultado final fue un informe menos exigente respecto a las medidas a tomar para prevenir la evasión fiscal y el lavado de dinero. El PP, el PSOE y Ciudadanos se alinearon en el Parlamento Europeo para disminuir el número de recomendaciones del informe definitivo para la lucha contra el fraude y los paraísos fiscales.

El informe final eliminó la posibilidad de acabar con el ‘dumping fiscal’, una práctica que consiste en adoptar medidas fiscales laxas para atraer capital y que es común en países como Malta, Holanda, Irlanda y Luxemburgo. El texto definitivo tampoco recogió la petición de revisión de la legislación de la Unión Europea para acabar con los acuerdos de doble imposición, que facilitan que las empresas establezcan lazos con paraísos fiscales y territorios de baja tributación para evitar el pago de impuestos. También fueron eliminadas las recomendaciones respecto a las transferencias de beneficios a través del pago de dividendos, una práctica que consiste en la transferencia de beneficios de una sociedad matriz radicada en un país de la Unión Europea con una fiscalidad normal, hacia filiales del grupo cuya sede se sitúe fuera de la Unión. El informe tampoco incluyó medidas de cooperación e intercambio de información fiscal entre los diferentes estamentos de los Estados miembros. Esta recomendación habría sido útil en la lucha contra las empresas ‘offshore’ y otras sociedades ocultas en paraísos fiscales porque dificultaría la utilización de la opacidad de estos territorios para evadir impuestos y ocultar capitales.

Según un informe de Intermon Oxfam, exceptuando el caso de AENA, la totalidad de empresas del Ibex 35 poseen filiales en paraísos fiscales

Pero ¿qué hacer cuando quienes deberían ser los más ejemplares se comportan como delincuentes? Según un informe de Intermon Oxfam, exceptuando el caso de AENA, la totalidad de empresas del Ibex 35 poseen filiales en paraísos fiscales. Con datos de 2016, podemos decir que estas empresas contaban con 996 filiales en esta clase de territorios. De las 34 empresas, 10 copan el 79% de esas 996 sociedades. Banco Santander encabeza la lista con 225 sociedades, seguida de ACS con 108, en tercer lugar, se encuentra Repsol con 93 filiales, a continuación, se encuentran Arcelor Mittal, BBVA, Ferrovial, Iberdrola, Acciona, Iberia y Mapfre.

Moral ciudadana y transparencia en la gestión del dinero público:

Otra cuestión fundamental para entender el problema es la moral de los ciudadanos, que se convierte en una causa intrínseca que explica por sí misma la ineficacia de la lucha contra el fraude porque el mismo tiene un carácter masivo. Según el Instituto de Estudios Fiscales (IEF), casi la mitad de los españoles justifican el fraude y declaran que no pagar el IVA no constituye problema moral alguno, algo impensable en la mayoría de los países de nuestro entorno. De manera que la aceptación de la economía clandestina se traduce en comportamientos extraordinariamente enraizados en nuestra sociedad y en nuestras instituciones al no existir condena social hacia los mismos. A ello debemos añadir la conducta nada ejemplar de las élites políticas y económicas, que sólo dimiten, si es que lo hacen, cuando se produce una condena judicial, y esta anomalía también socava la confianza del ciudadano en las instituciones. De cualquier forma, los casos de corrupción más graves que se han producido en nuestro país tienen como escenario el sector público y como actores principales a nuestros políticos. Si tenemos en cuenta que los ciudadanos tienden a cooperar más con los entes y organismos en los que confían, también tendremos que valorar de forma extraordinaria la confianza o la desconfianza en instituciones públicas poco proclives a la transparencia. Las leyes de transparencia que regulan el tratamiento de datos de las diferentes administraciones públicas y su conocimiento por parte de los ciudadanos en nuestro país datan de 2014 y su desarrollo es claramente insuficiente respecto a los países de nuestro entorno. Estudios llevados a cabo en EE. UU. señalan que en los estados del país donde son mayores los niveles de confianza social en las instituciones, mayor es la responsabilidad cívica del ciudadano medio y menor el fraude fiscal, un compromiso no escrito que constituye una de las bases de la cooperación entre el individuo y el Estado.

 Los ciudadanos consienten en pagar impuestos de forma voluntaria por dos razones principales: en primer lugar, por una cuestión simplemente utilitaria, es decir, por un retorno de los impuestos pagados en forma de inversiones en el sector público, que redundan en una mejora de las condiciones de vida de toda la población; en segundo lugar, por una cuestión puramente ética porque se considera moralmente lícito contribuir, de acuerdo a nuestra capacidad económica, a la construcción de una sociedad mejor, más justa e igualitaria; es, por tanto, una cuestión de solidaridad. Los datos de Eurostat referidos a 2015, los últimos de los que disponemos, sitúan a España en un nivel de presión fiscal del 34,6%, lo que contrasta con el 40% de la media de la Unión Europea y el 41,4% de los países de la zona euro. Estos datos muestran a las claras que en Europa existen muchos países con una presión fiscal superior a la nuestra (a la vez que con un mayor porcentaje de gasto en pensiones respecto a su PIB) y que, sin embargo, tienen niveles menores de fraude fiscal, lo que desmiente la creencia de que a mayor presión fiscal mayor será el fraude. La explicación del fraude, pues, la encontramos tomando como referencia dos elementos: los insuficientes controles tributarios por parte de la distintas administraciones y el nivel de conciencia fiscal de los ciudadanos.

Según el Instituto de Estudios Fiscales (IEF), casi la mitad de los españoles justifican el fraude y declaran que no pagar el IVA no constituye problema moral alguno

Por otro lado, los países con mayores niveles de transparencia son los menos corruptos y los que tienen menos fraude fiscal. Es necesaria una labor pedagógica más intensa por parte de los gobiernos porque a mayor percepción de un sistema tributario injusto (pagan menos los que más tienen) mayor es la tendencia al fraude fiscal. Los países nórdicos son los más transparentes y menos corruptos del mundo, y en ellos el concepto de legalidad no se restringe al ámbito fiscal y laboral, sino que se extiende a todas las prácticas de la sociedad. Pese a los altísimos impuestos que se pagan en los países escandinavos, las obligaciones tributarias son consideradas como algo sagrado y como un deber ineludible de todo ciudadano. Para los ciudadanos de un país nórdico, la picaresca, el engaño y el robo de dinero público o privado constituyen conductas duramente reprobables que forman parte de los problemas que terminan por corroer y destruir una sociedad. Tanto los políticos como la sociedad tienen la misma actitud ante los casos de corrupción: tolerancia cero. La percepción de retorno de impuestos mediante obras públicas en las sociedades nórdicas también es muy elevado, lo que aumenta el sentido del compromiso en los contribuyentes. No existen muchos ejemplos de fraude en los países nórdicos, al menos en el sector público. En comparación con España, en los países nórdicos hay pocos funcionarios con capacidad de manejar dinero público, y los que tienen ese poder han de dar explicaciones claras y concisas ante los diferentes órganos de control sobre el destino de esos fondos.

Los datos de Eurostat referidos a 2015, los últimos de los que disponemos, sitúan a España en un nivel de presión fiscal del 34,6%, lo que contrasta con el 40% de la media de la Unión Europea y el 41,4% de los países de la zona euro

En las sociedades escandinavas, el concepto de delito social, independientemente de sus consecuencias e implicaciones legales, se amplía no sólo a los casos de soborno o malversación de dinero público, sino a las ocasiones en las que un político miente u oculta información. En definitiva, la moral tributaria forma parte de la relación entre el ciudadano y el Estado en los países del norte de Europa, donde el ciudadano paga con conciencia plena de que está manteniendo un sistema del cual todos cuidan en la medida de sus posibilidades y con la total seguridad de que su dinero no se destinará a gastos innecesarios o al beneficio personal de los políticos que gobiernan. Esa conciencia cívica nace en la escuela y en la educación que se recibe en los hogares y tiene que ver con un entorno que, de manera simultánea, enseña a colaborar para obtener un bien común, en contraposición a defraudar o mentir para obtener ventajas económicas y materiales de manera individual, y condena con dureza cualquier desviación por parte de los ciudadanos de las conductas aceptadas y respetadas por la sociedad.

 Autoridad moral del Estado

La cuestión institucional es algo crucial para entender el problema del fraude en nuestro país: ningún gobierno ha elaborado o solicitado un informe acerca de la economía sumergida en España. Según los expertos, existe la creencia ciudadana de que el gobierno no dedica los esfuerzos necesarios para combatir el fraude fiscal y la economía ilegal, lo que provoca un aumento de las actividades clandestinas. Los estudios dedicados a la economía sumergida también destacan que la existencia de la misma explica que en España no se haya producido un estallido social teniendo en cuenta el nivel de paro registrado durante la crisis financiera de 2007-2008 (más de 6 millones de parados en 2013, lo que equivale a más de un 27% de la población activa), lo cual alimenta la duda de hasta qué punto los diferentes gobiernos quieren investigar el fraude porque combatir el mismo nos conduciría a una cierta inestabilidad social. Tampoco ayuda, desde luego, de cara a una acción pedagógica por parte de las autoridades, el conocimiento que tenemos del diferente tratamiento que la Agencia Tributaria otorga a determinados ciudadanos y empresas. Los medios de comunicación han informado ampliamente acerca de aquellos casos en los que la Hacienda pública ha jugado un papel más polémico.

 1. Caso Cemex

 En abril de 2014, la filial en España de la empresa de cementos mejicana Cemex sufrió una sanción por parte de la Agencia Tributaria de 455 millones de euros por engordar sus créditos fiscales en 3.042 millones de euros para no pagar impuestos. Antes de que la multa fuera comunicada de forma oficial a la empresa se produjeron varios hechos controvertidos: la inspectora encargada de sancionar a la empresa, Dolores Linares, fue destituida tras rechazar un recurso de la cementera contra la sanción. Su superior en Hacienda, Ignacio Ucelay, dimitió, y también lo hizo el director de Inspección, Luis Jones, en una serie de diligencias dentro de la institución que los sindicatos de inspectores y técnicos de Hacienda definieron como “injerencias políticas”. José María Mollinedo, secretario general de Gestha, dio a entender que funcionarios del entorno del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, podrían haber asesorado a Cemex con el fin de que la cementera saliera indemne de su enfrentamiento con la Agencia Tributaria y declaró que Cemex intentó eludir la deuda utilizando su influencia política. Mollinedo también afirmó que el problema de Cemex se saldó con la destitución de altos cargos de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes contrarios a las directrices provenientes del poder político para cancelar la deuda de la cementera.

El secretario general de Gestha dio a entender que funcionarios del entorno del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, podrían haber asesorado a Cemex con el fin de que la cementera saliera indemne de su enfrentamiento con la Agencia Tributaria

La organización de Inspectores de Hacienda (IHE), mayoritaria dentro de la Agencia Tributaria, también se mostró crítica y remitió una nota de prensa en la que cuestionaba la excesiva dependencia de la Agencia Tributaria respecto a los cargos de libre designación y señalaba: “la intromisión de criterios ajenos a los técnicos, o de voluntades distintas a las de los órganos encargados de decidir los expedientes tributarios, supondría traspasar una línea roja que, en caso de demostrarse […] sería objeto del repudio público”. Los inspectores encargados de auditar la contabilidad de Cemex consideraron de forma inequívoca que el gigante mejicano simulaba operaciones entre las diferentes empresas del grupo para eludir el pago de impuestos. La Agencia Tributaria determinó que la cuantía final del fraude de Cemex era de 4.550 millones de euros y comunicó la multa a la cementera, que interpuso un recurso ante los tribunales. El caso está aún en manos de la Justicia.

2. Caso Pujol

El propio ministro Montoro desveló el que es, tal vez, el caso más claro de injerencia política en la Agencia Tributaria, el caso Pujol. En su comparecencia en el Congreso de los Diputados en julio de 2014, Cristóbal Montoro acusó directamente a Pujol: “No podemos descartar uno o varios delitos”, para después asegurar que, incomprensiblemente, las investigaciones por posibles irregularidades fiscales contra el expresidente de la Generalitat de Cataluña habían comenzado cuando Aznar aún era presidente del Gobierno: “Hay indicios de investigaciones desde antes de que llegara yo al Gobierno”, manifestó Montoro. El secretario general de Gestha, José María Mollinedo, se mostró muy explícito acerca del caso: “Una inspección se inicia y se acaba en seis meses o, en todo caso, en un año, si se tiene que prorrogar. Pero no dura diez años”. Mollinedo sostiene que la Agencia Tributaria elaboró “un dossier” contra Pujol para utilizarlo de forma política y no cumplió “el deber de perseguir el delito”, lo cual supone un “incumplimiento de la obligación” por parte de la Administración.

 3. Caso HSBC y lista Falciani

En 2009, durante la segunda legislatura del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero se produjo otro caso que, según los técnicos e inspectores de Gestha, supone una buena muestra de la politización de la Agencia Tributaria en nuestro país, el caso HSBC. Ese fue el momento en que el Gobierno español conoció los nombres de los más de 650 defraudadores españoles incluidos en la conocida como lista Falciani (un listado de grandes fortunas con cuentas en el banco británico HSBC, que Hervé Falciani, ingeniero informático del banco, sustrajo antes de abandonar la entidad). La lista completa estaba formada por unas 130.000 personas con cuentas no declaradas en la sede que el HSBC tiene en Ginebra. En el período comprendido entre 2006 y 2008, Hervé Falciani copió presuntamente datos del HSBC en Ginebra que incluían los nombres de titulares de cuentas opacas de varias nacionalidades del continente.

Falciani trató de informar a las autoridades suizas, que no mostraron interés. El 20 de marzo de 2008, la Asociación Suiza de Banqueros denunció que dos empleados del HSBC trataron de vender datos de cuentas bancarias al banco libanés Audi en Beirut. En diciembre del mismo año, Falciani fue procesado en Suiza por este incidente. Después de declarar ante las autoridades del país, fue puesto en libertad. Tras este episodio, huyó a Francia. A comienzos de 2009, las autoridades francesas lo detuvieron en cumplimiento de una orden de detención internacional emitida por Suiza. La policía gala encontró en el domicilio de Falciani archivos informáticos con los datos de los 130.000 potenciales evasores fiscales, 24.000 de los cuales eran ciudadanos de la Unión Europea, y dio comienzo a una investigación. Poco después, el Gobierno de Francia devolvió a Suiza los archivos de Falciani, pero antes compartió la información proporcionada por el ingeniero informático con todos los países con los que mantiene acuerdos de colaboración fiscal, entre los que se encuentran Italia, Reino Unido y España. En octubre de 2010, la Agencia Tributaria española ingresó 260 millones de euros que provenían de la regularización de dinero de 300 ciudadanos que tenían cuentas opacas en la filial suiza del HSBC.

Entre todos los que figuraban en la lista Falciani acumulaban más de 100.000 millones de dólares en unas 30.000 cuentas bancarias en la filial suiza del HSBC 

Falciani fue detenido en Barcelona en julio de 2012 a petición de las autoridades suizas, aunque España no extraditó al ingeniero francés y lo dejó en libertad el 12 de diciembre del mismo año, después de permanecer seis meses en prisión preventiva en el centro penitenciario de Valdemoro. Falciani pasó entonces a colaborar con las autoridades españolas. El 8 de mayo de 2013, la Audiencia Nacional rechaza la extradición a Suiza de Hervé Falciani, en consonancia con el criterio de la Fiscalía, que sólo un mes antes se había opuesto a la extradición en virtud de su colaboración con las autoridades españolas en materia de lucha contra el blanqueo de capitales e investigación de financiación del terrorismo. La resolución de la Audiencia fue firme, por lo que quedó en libertad sin ninguna medida cautelar. A comienzos de 2015, sale a la luz el contenido de la lista Falciani gracias a una investigación dirigida por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ). La relación de personalidades presentes en la lista incluye a importantes empresarios, banqueros, aristócratas, deportistas y artistas. Entre todos acumulaban más de 100.000 millones de dólares en unas 30.000 cuentas bancarias en la filial suiza del HSBC.

En el caso de España, en 2009 el Gobierno tuvo conocimiento, gracias a los datos compartidos por las autoridades francesas, de 659 casos de defraudadores españoles en una estructura de más de 3.000 cuentas opacas con las que se logró evadir más de 3.000 millones de euros. La actuación de la Agencia Tributaria es más que cuestionable porque la Hacienda española no abrió una investigación con el fin de dilucidar si existía o no fraude por parte de los supuestos defraudadores, sino que entregó a la mayor parte de ellos un comunicado instándoles a que presentaran declaraciones complementarias con el fin de regularizar el dinero oculto en un plazo máximo de diez días. “A estas personas se les otorgó la posibilidad de presentar unas declaraciones complementarias, y se les dio un tratamiento más que cuestionable”, declaró José María Mollinedo, secretario general de Gestha. En 2013, Gestha presentó una querella contra varios ex altos cargos de Hacienda al entender que, además de las sanciones por posibles delitos fiscales, las irregularidades, de haber seguido su trámite administrativo, hubieran supuesto “condenas para directores de entidades financieras” y su inhabilitación para ejercer cargos de dirección. La querella de Gestha mencionaba a miembros de la familia Botín.

4. Caso Noós

En 2013, la Agencia Tributaria dio por válidas tres facturas (que había declarado falsas meses atrás) emitidas por el imputado y socio de Iñaki Urdangarín, Diego Torres, a la empresa Aizoon, propiedad de Urdangarín y de la infanta Cristina. Este paso jurídico libró a la infanta de la acusación de delito fiscal en el Impuesto de Sociedades, que se habría producido si las tres facturas se hubieran contabilizado dentro del total de justificantes falsos emitidos por Aizoon. A través de la empresa Aizoon, Torres y Urdangarín deducían gastos personales, además de detraer -facturando trabajos que en realidad no hacían- dinero procedente del Instituto Nóos, la fundación que recibía fondos públicos de administraciones dirigidas por el Partido Popular. Gestha denunció que los peritos designados por la Agencia Tributaria aceptaron las tres facturas rompiendo todas las prácticas de Hacienda. El magistrado encargado del caso, el juez Castro, incluyó las tres facturas entre los gastos supuestamente ficticios de la empresa Aizoon en el auto en el cual acusó a la infanta Cristina de un delito contra la Hacienda pública y blanqueo de capitales. Las tres facturas fueron emitidas por Torres Tejeiro Consultoría (sociedad que cambió de nombre en noviembre de 2007, pasando a llamarse Intuit Estrategy) por el concepto “asesorías”, el más utilizado por Urdangarín y su socio para sustraer dinero público. El importe de las tres facturas ascendía a 69.900 euros de un total de más de 8 millones de euros en facturas falsas intercambiadas por las diferentes empresas del entramado Nóos con el fin de generar gastos ficticios. En el definitivo informe del 14 de noviembre de 2013, Hacienda concluyó que Aizoon defraudó en cuatro años 281.000 euros.

Urdangarín utilizó su posición y su influencia para abrir puertas y recibir favores que se le hacían precisamente por ser quien era. Al menos desde 2005, la Casa del Rey conocía las actividades de Iñaki Urdangarín y le advirtió del carácter presuntamente ilegal de las mismas a través de José Manuel Romero Moreno, conde de Fontao y asesor legal de Juan Carlos I. Por los correos electrónicos aportados por Diego Torres, se supo que Urdangarín también consultaba todas sus actividades con Carlos García Revenga, secretario de las infantas. Según publicó el diario El País, el exsocio de Urdangarín presentó tres correos que revelaban una supuesta intermediación del rey Juan Carlos a favor de su yerno con el fin de que consiguiera la participación de un nuevo equipo de vela en la 33ª edición de la Copa América de 2007. El proyecto fue bautizado con el nombre de Ayre y no llegó a prosperar pese a la implicación del Rey que, presuntamente, llegó a realizar trámites directos con el expresidente de la Generalitat de Valencia, Francisco Camps.

en febrero de 2017, Iñaki Urdangarín fue condenado a seis años y tres meses de prisión por prevaricación, malversación, fraude, tráfico de influencias y dos delitos fiscales

Finalmente, en febrero de 2017, Iñaki Urdangarín fue condenado a seis años y tres meses de prisión por prevaricación, malversación, fraude, tráfico de influencias y dos delitos fiscales. La Audiencia Provincial de Baleares absolvió a la infanta Cristina de dos delitos fiscales, aunque considera que se benefició de los delitos cometidos por su marido y le impuso la devolución de 265.088 euros que había cargado a la tarjeta de crédito de Aizoon que compartía con Urdangarín. El marido de la infanta Cristina presentó de inmediato un recurso contra la sentencia ante el Tribunal Supremo. Este órgano decidió no aplicar medidas cautelares, por esta razón, Urdangarín, en tanto el Tribunal Supremo no se pronuncie, puede disfrutar de libertad y tampoco está obligado a abonar fianza.

Este tipo de actuaciones de la Agencia Tributaria son de dominio público y su ocultación ante la opinión pública no sólo es contraria a la ética, sino imposible en la sociedad de la información en que vivimos. Hechos como los descritos redundan en un desprestigio de nuestras instituciones y tienen un efecto económico nefasto para la sociedad en su conjunto porque el dinero defraudado que no se recauda acaba repercutiendo en todos los servicios públicos-incluyendo el dinero dedicado a las pensiones- que un Estado de bienestar moderno tiene la obligación de mantener.

Tal vez no debamos extrañarnos de ninguna de estas actuaciones dentro de la Agencia Tributaria ni de que los delitos de las grandes empresas no se persigan de forma implacable en todos los casos. El ciudadano tiene derecho a pensar que existe una clara connivencia entre los altos cargos de Hacienda y los altos directivos de las mayores empresas. Buena muestra de ello es lo que ocurrió en marzo de 2017, cuando la organización de técnicos del Ministerio de Hacienda denunció en el marco de su XV Congreso Nacional celebrado en Alicante que altos directivos de Hacienda instruyen a las grandes multinacionales sobre cómo eludir el pago de impuestos y evitar sanciones fiscales. Inspectores de Gestha señalaron en un comunicado que los dos máximos responsables de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional “imparten clases en un máster sobre ingeniería fiscal para grandes multinacionales”. Gestha solicitará en el Parlamento que se regulen estas “prácticas tóxicas”. Según el sindicato de inspectores, existen cientos de cursos en los que altos responsables de Hacienda aleccionan a asesores internacionales y grandes despachos tributarios en técnicas para evitar el pago de impuestos y para sortear las medidas de control, “rayando el límite del decoro y de la Ley de Incompatibilidades”.

El sindicato de técnicos e inspectores de Hacienda señaló que, pese a sus altas retribuciones, “es frecuente encontrar en los claustros de profesores a subdirectores generales y altos responsables de la OFNI, de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes (DCGC) o de la Dirección General de Tributos, por citar algunos ejemplos”. Estos directivos reciben salarios de entre 70.000 y 111.000 euros anuales, pese a ello utilizan su posición privilegiada para atraer alumnos a los cursos. En su nota de prensa, Gestha afirmaba que el ejemplo más claro es el del máster de Dirección de Fiscalidad Internacional, un curso dirigido por 27 profesores, 16 de los cuales son inspectores de Hacienda en activo y 4 en excedencia. Entre los 16 que aún están en activo se encuentran los dos máximos responsables de la OFNI, responsables de la DCGC y también de la Dirección General de Tributos -hasta diciembre de 2016- y 5 subdirectores generales. Según el sindicato de técnicos de Hacienda, “curiosamente este máster dedica una parte de su temario, sin ser exhaustivos, a las principales características de los paraísos fiscales más notables y regímenes fiscales privilegiados de mayor interés”.

la organización de técnicos del Ministerio de Hacienda denunció que altos directivos de Hacienda instruyen a las grandes multinacionales sobre cómo eludir el pago de impuestos y evitar sanciones fiscales

Gestha llamó la atención sobre la frecuencia con la que muchos funcionarios participan en estos cursos, en ocasiones en horario matinal, algo que podría constituir una infracción de la Ley de Incompatibilidades, que exime de la ley las actividades docentes sólo cuando sean ocasionales. Por estas razones exigieron a la Inspección de los Servicios de Hacienda que abran una investigación sobre el centenar de cursos organizados por empresas privadas en los que han formado parte como docentes altos responsables de la Agencia Tributaria. Entre los organizadores de estos cursos están algunas de las grandes consultoras y asesorías tributarias, que han recibido asesoramiento directo por parte de miembros de Hacienda respecto a prácticas tributarias y proyectos normativos. Desde Gestha se señala que la alta actividad docente supone un contacto entre altos directivos de grandes multinacionales y altos responsables de Hacienda que sirve para “engrasar las puertas giratorias” porque muchos altos cargos de la Agencia Tributaria terminan prestando sus servicios en las grandes empresas.

 La tributación de las SICAV

Otra posible fuente de ingresos para el Estado español, no sólo para financiar las pensiones, sino otros servicios públicos (si bien el tema a tratar ahora es de una complejidad enorme), procedería del trato más equitativo y justo hacia las grandes fortunas, que gestionan buena parte de su patrimonio a través de las llamadas SICAV. Una SICAV es una sociedad de inversión que sirve como instrumento utilizado por las grandes fortunas, principalmente en Luxemburgo, Italia, Francia, Suiza y España, con el fin de pagar menos impuestos. Su carácter jurídico propicia la evasión de impuestos y facilita la inversión en activos financieros como los fondos de inversión. Las SICAV son sociedades bastante comunes en Europa entre las familias más ricas del continente y también como grandes gestoras de fondos de inversión gracias a sus ventajas fiscales: en nuestro país, estas sociedades tributan a un exiguo 1%. Las operaciones de constitución, aumento de capital, unión con otra SICAV (en la práctica, esto significa que se puede traspasar dinero de una SICAV a otra sin tributar) o escisión también permanecen exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la modalidad de operaciones societarias.

Manejando estadísticas de 2015, estos son los datos más destacables:

Las mayores SICAV de nuestro país son Torrenova de Inversiones, vinculada a la familia March (valor de 1.539 millones de euros y 5.445 accionistas); Morinvest, propiedad de Alicia Koplovitz (valor de 556 millones de euros, con el 99,86% de las acciones en manos de su principal accionista); Cartera Bellver, también es propiedad de la familia March (valor de 551 millones de euros, ningún accionista supera el 20%); Soandres de Activos, vinculada a Sandra Ortega Mera, hija de Amancio Ortega (propietario del grupo Inditex) y de Rosalía de Mera (valor de 405 millones de euros); Elitia Invest, propiedad de los hermanos Gallardo Ballart, dueños de los laboratorios Almirall (valor de 403 millones de euros); Allocation, vinculada a la familia Del Pino, fundadores de la constructora Ferrovial (valor de 380 millones de euros); y Soixa, propiedad de Antonio Hernández, presidente de Ebro Foods, multinacional de la alimentación (valor de 364 millones de euros).

Los datos proporcionados por la CNMV a finales de 2015 aumentan las sospechas de fraude de ley respecto a las SICAV a causa del reducido número de accionistas suscritos a estas entidades

Los datos proporcionados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a finales de 2015 aumentan las sospechas de fraude de ley respecto a las SICAV a causa del reducido número de accionistas suscritos a estas entidades. La cantidad de accionistas resulta ser fundamental para las SICAV porque es lo que determina su carácter de sociedad de inversión colectiva y lo que permite que su tributación ante Hacienda sea tan solo del 1% sobre los beneficios declarados. La ley dice que las SICAV deben tener al menos 100 accionistas, cuantos más accionistas tenga una SICAV, menos sospechosa será ante la Agencia Tributaria; al contrario, cuantos menos accionistas tenga, más sospechosa será. La razón es que alguien con una gran fortuna puede poner la mayor parte del dinero exigido con el fin de constituir una de estas sociedades (2,4 millones de euros), para después adjuntar a la sociedad más accionistas que apenas aportan dinero (los conocidos como “mariachis”), hasta llegar al número de 100 socios.

Los datos manejados por la CNMV confirman que los “mariachis” son utilizados en la mayoría de las SICAV de nuestro país. De las 3.335 entidades que habían enviado sus balances a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, tan solo 24 superaban la cifra de 500 accionistas, datos suficientemente claros para la CNMV para sospechar que las SICAV estuvieran sirviéndose de “mariachis” en un fraude a escala masiva. Un número de 295 sociedades declararon superar los 200 accionistas, una razón para no ser investigadas.

Hay 605 entidades con más de 150 accionistas, lo cual supone el 18% de las 3.335 sociedades. El resto de ellas, el 82%, es decir, 2.730 SICAV, tienen una cifra de accionistas inferior a 150. En este último caso, las sospechas de fraude son absolutas. Existen 77 sociedades con un número de socios inferior a 100. Estas SICAV están incumpliendo el mínimo de accionistas exigido por la ley. A finales de septiembre de 2015, las SICAV en España tenían 468.940 accionistas, el 65%, es decir, 307.835 accionistas figuraban en entidades con menos de 150 socios, lo cual significa que formaban parte de las sociedades más sospechosas de fraude.

Hay 605 entidades con más de 150 accionistas, lo cual supone el 18% de las 3.335 sociedades. El resto de ellas, el 82%, es decir, 2.730 SICAV, tienen una cifra de accionistas inferior a 150

Las cifras en poder de la CNMV ponen de relieve el uso instrumental de estas sociedades mediante la utilización de los “mariachis” con el fin de beneficiarse del trato jurídico otorgado a las SICAV. Los inspectores de la Agencia Tributaria llaman la atención sobre el hecho de que las SICAV tributen tan solo al 1%, pero también en las prácticas fraudulentas de la “contratación” de “mariachis”. El criterio de los inspectores de Hacienda en este asunto es claro: la Agencia Tributaria debería recuperar el control de las SICAV, una supervisión que recae en la CNMV desde 2005. Pero ¿cómo pasaron las SICAV de la jurisdicción de la Agencia Tributaria a la de la CNMV? En 2005, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero fue advertido por los inspectores de la Agencia Tributaria de que las SICAV eran sociedades expresamente creadas para defraudar. El Gobierno no sólo no hizo nada a este respecto, sino que cambió el ámbito jurídico de estas sociedades, que pasaron de depender de la Agencia Tributaria -con sus respectivas inspecciones- a hacerlo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, un ente que no tiene las competencias ni los medios para detectar las anomalías que se producen en las SICAV. El 1 de julio de 2005, el Congreso de los Diputados aprobó que fuera la CNMV el órgano que controlara a las SICAV. El único grupo que se opuso a esta medida fue Izquierda Unida.

La asociación de Inspectores de Hacienda del Estado declaró entonces que la medida suponía la aprobación de una amnistía fiscal para las SICAV y que no existía problema de competencias entre la CNMV y Hacienda, sino que se había buscado la “fórmula más idónea” para beneficiar económicamente a las sociedades que incumplieron la condición legal de tener al menos 100 socios con el fin de tributar al 1%. Según José María Peláez, entonces portavoz de la organización, el quid de la cuestión consistía en que “No podrán prosperar las actas abiertas, más de 200, porque la ley no considera que la falta de cien socios sea motivo suficientemente grave para que la CNMV repruebe a una SICAV. Si no se reprueba, no se podrá eliminar la tributación del 1% porque la norma aprobada por el Congreso se aplicaría con carácter retroactivo al resultar más beneficiosa”.

Tras la aprobación de la ley, las sociedades investigadas aprovecharon el nuevo marco jurídico para evitar que las actas prosperasen y acudieron al Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) para evitar las posibles sanciones. El TEAC dictó en 2007 una resolución claramente favorable a las SICAV, dictaminando que el único órgano con capacidad para ejercer tareas de supervisión sobre las SICAV era la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

La utilización de los llamados “mariachis” o testaferros hace que la mitad de las SICAV estén bajo sospecha de fraude. Según informaciones de ex directivos de diferentes entidades bancarias, era habitual que al banco llegase el cliente, que solía ser una familia, y que sus miembros se convirtieran en los accionistas mayoritarios de la SICAV que iban a formar. Posteriormente, el banco conseguía a los accionistas necesarios para llegar al mínimo legal de 100 y así poder disfrutar de una tributación al 1%. Esta práctica era habitual en el resto de entidades bancarias españolas: un número menor de accionistas poseen la mayor parte del capital de la sociedad y el resto de inversores apenas una o dos acciones. Con el fin de conseguir inversores ficticios, el banco solicitaba a sus propios empleados que estuvieran dispuestos a figurar como “mariachis” en las SICAV que gestionaban para no perder cuota de negocio. Entre los “mariachis” también se han llegado a detectar empleadas domésticas y menores de edad.

Como consecuencia de inexplicables lagunas jurídicas, existen SICAV en las cuales figuran inversores que tan solo aportan 1 ó 2 euros al total del capital, mientras que el grueso del mismo está en manos de los accionistas mayoritarios. Entre 2003 y 2005, el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda trató de regular las SICAV y no sólo comprobaron el número de accionistas de algunas entidades, sino que investigaron a cada inversor que figuraba como accionista. Los inspectores llegaron a levantar cientos de actas en las que se daba cuenta de forma detallada del uso sistemático de testaferros. Aunque todas las sociedades tenían más de los 100 socios requeridos legalmente, se llegó a la conclusión de que gran parte de los accionistas tan solo estaban presentes con el fin de llegar al mínimo de inversores que la ley exigía.

Como consecuencia de inexplicables lagunas jurídicas, existen SICAV en las cuales figuran inversores que tan solo aportan 1 ó 2 euros al total del capital, mientras que el grueso del mismo está en manos de los accionistas mayoritarios

El inspector José María Peláez declaraba dos años y medio atrás: “A ver quién se cree que una persona ha puesto 10 euros para entrar en una SICAV”. Un claro ejemplo es Riotiron, que en la práctica tiene un solo accionista que detenta el 99,99% del capital de la sociedad, que asciende a más de 2.800.000 euros, mientras que el resto de los accionistas de esta SICAV poseen de media la irrisoria cifra de 2,23 euros.

Por increíble que parezca, la tributación al 1% no era la principal ventaja de la que disponían los máximos accionistas de una SICAV. El privilegio más importante del que disfrutaban los propietarios de estas sociedades era la llamada “reducción de capital”. Mediante este mecanismo perverso, los dueños de las SICAV podían retirar dinero sin tributar mientras no superase la cantidad invertida cuando se fundó la sociedad, la razón es que se consideraba que el dinero retirado era capital y no rendimientos e intereses económicos generados por las inversiones. Finalmente, el impacto sobre el Impuesto del Patrimonio mediante esta práctica era sustancial: una persona que ingresase su dinero en una SICAV provocaría una disminución importante en la base imponible de su IRPF y por esta razón podría beneficiarse del artículo 31 de la Ley del Impuesto, una resolución que fija que la cantidad que una persona paga por el IRPF y el Impuesto de Patrimonio no puede superar el 70% de base imponible del primero, algo que termina teniendo un impacto decisivo en los impuestos que el propietario paga a Hacienda. El privilegio de “reducción de capital” desapareció en 2010, cuando el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero obligó a las SICAV a reconocer estos beneficios como plusvalías, con una tributación de entre el 19% y el 21%. Fuentes del sector reconocieron el carácter limitado de esta medida puesto que las grandes fortunas conocían los proyectos del Gobierno para aprobar la nueva norma y se anticiparon llevando a cabo reducciones de capital antes de que la medida entrara en vigor.

Es cierto que, si el propietario de una SICAV decide retirar la totalidad de la inversión de la sociedad, tributará en torno a entre el 21% y el 27% dependiendo de en qué Comunidad Autónoma realice la operación, pero este gravamen sólo se lleva a cabo en el caso de aquellos inversores que retiren la totalidad del dinero invertido, algo que no es habitual. Otra de las anomalías propias de estas sociedades radica en el hecho de que el dinero de una SICAV no puede usarse con el fin de adquirir otra empresa, máquinas y bienes de equipo o contratar trabajadores, de manera que sólo podría utilizarse para comprar activos financieros como acciones, bonos, derivados, etcétera. El fin último de estas entidades no es activar la economía, sino potenciar la inversión en activos financieros. Ahora bien, si la tributación que una persona paga por el dinero obtenido en un fondo de inversión es el mismo que se paga por el dinero ganado en una SICAV, ¿por qué existen estas sociedades? La razón es que las ganancias obtenidas a través de un fondo de inversión tributan cada año, mientras que la ganancia de dinero obtenida por el rendimiento anual del capital depositado en la SICAV sólo requiere pago de impuestos si es retirado de la sociedad. Esta diferencia de tributación acaba siendo el factor decisivo porque cuando los beneficios anuales son considerables, la disparidad de beneficios obtenidos entre un fondo de inversión y una SICAV es enorme en favor de estas últimas.

si la tributación que una persona paga por el dinero obtenido en un fondo de inversión es el mismo que se paga por el dinero ganado en una SICAV, ¿por qué existen estas sociedades? 

El control de estas sociedades se antoja como un problema complicadísimo no sólo para España, sino para cualquier Estado de Europa y del mundo que quiera perseguir la ingeniería financiera. La existencia de paraísos fiscales y de privilegios, encubiertos o no, para las grandes empresas ha resultado ser una tentación para las grandes fortunas, que trasladan su dinero al Estado que menos gravámenes imponga a sus beneficios. La Agencia Tributaria española tiene un as en la manga que podría usar a partir de 2019. En esa fecha entrará en vigor la directiva europea “contra las prácticas de elusión fiscal que afectan directamente al funcionamiento del mercado interior”, que fue aprobada en julio del año pasado y que otorga poderes para que nadie controle de forma directa o indirecta más del 50% del capital de una SICAV. La directiva establece una serie de condiciones para que una entidad pueda ser considerada sociedad extranjera controlada. De esta forma, el país del contribuyente tendrá la capacidad de incluir en la base imponible o bien determinados tipos de rentas no distribuidas de la sociedad como los intereses generados por activos financieros y dividendos y rentas procedentes de la enajenación de acciones o bien las rentas no asignadas de la sociedad procedentes de mecanismos falseados que hayan sido creados de forma expresa para defraudar. El impacto final dependerá de cómo se trasponga la directiva europea. La Comisión Europea estima entre 50.000 y 70.000 millones de euros las pérdidas que la elusión del impuesto de sociedades ocasiona en los países de la Unión Europea.

El 29 de mayo de 2017, el Consejo de Europa modificó la directiva original 2016/1164 contra la elusión fiscal introduciendo una serie de reformas que, inexplicablemente, favorecían de forma sustancial a las grandes empresas. En el Artículo 2 de las modificaciones se hizo un cambio que establece que “se considerará que puede haber asimetría híbrida si una entidad está asociada en más de un 50% con otra entidad”, cuando en la directiva 2016/1164 se establecía un 25%, lo cual supone un cambio extremadamente laxo que dificulta enormemente la acción de los Estados y que deja un amplio margen de interpretación en los casos de asimetría híbrida (los mecanismos que suelen utilizar las grandes empresas con el fin de aprovechar las diferencias existentes entre dos o más países en el tratamiento fiscal otorgado a las mismas). De este modo, si una empresa intenta compensar las pérdidas de una de sus filiales mediante transferencias de otras filiales, se considerará que no existe asimetría híbrida. Estos mecanismos pueden servir fácilmente a las empresas para eludir sus obligaciones tributarias con la excusa de que intentaban compensar pérdidas. La consideración número 16 de la reforma de la directiva original establece excepciones en el caso de que el país destinatario ofrezca un régimen tributario especial, una manera de reconocer y no perseguir los paraísos fiscales que están dentro de la Unión Europea.

El resultado final de estas directivas, teniendo en cuenta el enorme poder de los lobbies en Bruselas, es que las leyes sólo tratan la evasión fiscal creada a partir de entidades propias de una multinacional, mientras que no se aplican sobre entidades que de manera formal no pertenecen al mismo grupo empresarial. El apartado 3 del Artículo 4 establece que no se harán límites a la deducción de intereses en el caso de que se esté ante una sociedad aislada, entendiendo ésta como una sociedad que “no forme parte de un grupo consolidado a efectos de contabilidad financiera y que no tenga ninguna empresa asociada ni establecimiento permanente”. El problema es que el secreto bancario de ciertos países facilita legalmente transacciones financieras que son prácticamente indetectables para las autoridades económicas de cada país de la Unión Europea. Una gran empresa puede tener relación con empresas legalmente constituidas como sociedades aisladas no vinculadas al grupo empresarial que, en realidad, son sociedades instrumentales creadas para evadir impuestos. En definitiva, la nueva directiva no persigue la evasión fiscal en esta clase de empresas, algo que terminarán aprovechando los defraudadores.

Además de los lobbies empresariales, algunos países de la Unión Europea como Reino Unido, Austria o Luxemburgo se oponen de forma abierta a la lucha contra los paraísos fiscales. Sería necesario impedir que las administraciones firmen contratos con entidades que tengan relación con paraísos fiscales; la Unión Europea podría-con voluntad política-presionar con la amenaza de sanciones a los territorios con exenciones fiscales que perjudican a los Estados miembros de la Unión; se debería hacer una labor de pedagogía que incluya de forma obligatoria el cumplimiento de leyes rígidas de transparencia para Estados y empresas. También se hace necesario la creación de un impuesto a las transacciones financieras de la banca de inversión: SICAV, fondos de inversión, sociedades opacas, etcétera. La consideración de determinados organismos internacionales hacia determinados países a la hora de considerarlos o no paraísos fiscales es una cuestión delicada sujeta a enormes intereses que nada tienen que ver con los intereses de los ciudadanos. De la misma manera, existen territorios que, sin ser paraísos fiscales, sí son considerados de “baja tributación” y constituyen una anomalía aprovechada por los defraudadores fiscales. En cualquier caso, países como Holanda, Irlanda, Chipre, Malta y Luxemburgo poseen ventajas fiscales que facilitan la elusión de impuestos en otros países de la Unión. La lista de paraísos creada por la Unión Europea en diciembre de 2017 sólo hacía mención de países insignificantes y sin relaciones políticas importantes.

El problema es que el secreto bancario de ciertos países facilita legalmente transacciones financieras que son prácticamente indetectables para las autoridades económicas de cada país de la Unión Europea

La ausencia de una normativa común a escala mundial hace que las empresas busquen los territorios que más ventajas fiscales ofrecen, lo cual significa eludir el pago de impuestos a niveles extraordinarios. Buen ejemplo de ello es lo que ocurrió en el País Vasco en 2009. Esta Comunidad Autónoma, debido a su ventajoso régimen fiscal especial, tiene la potestad para tomar de forma unilateral determinadas decisiones. La más decisiva en materia de las SICAV fue la de aumentar su tributación. Las diputaciones vascas, de la mano del PNV y EA optaron ese año por elevar el gravamen de estas sociedades, que pasó del 1% al 28%. Como consecuencia de esta decisión, las 200 SICAV con domicilio en el País Vasco se trasladaron a otras comunidades. Las diferencias entre comunidades en nuestro país también se dan entre los diferentes países. Así, a comienzos de 2017, ante el previsible cambio de normativa que afectaría a estas sociedades en España, algunas SICAV iniciaron un traslado a Luxemburgo mediante la fórmula de una absorción por parte de una SICAV o un fondo del Gran Ducado. Las SICAV de Luxemburgo poseen un régimen fiscal más beneficioso que garantiza la confidencialidad de la inversión, razón que está animando a muchas firmas de la banca privada de España a desarrollar sus negocios en ese país. Ya en 2016, cuando se habló por primera vez de una reforma de la normativa existente, 114 SICAV desaparecieron de nuestro país, mientras que 130 se fusionaron con diferentes fondos de inversión.

Las SICAV, de estar sujetas al mismo tipo nominal que el común de las empresas, dejarían en las arcas del Estado español unos 550 millones de euros al año. Eso, suponiendo que una legislación más exigente no las llevase a abandonar nuestro país. Según datos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, entre 2012 y 2014 las SICAV españolas ganaron 5.384 millones de euros, mientras que en el mismo período pagaron a Hacienda la exigua cifra de 24 millones de euros. Cabe señalar que en 2012 el Gobierno del PP aprobó una polémica amnistía fiscal a la que se acogieron 31.500 personas y que hizo aflorar 40.000 millones de dinero negro. Ese dinero volvió a España, pero no para contribuir con Hacienda, sino para invertir en nuestro país pagando la menor cantidad posible de impuestos a través de las SICAV.

 El Gobierno anunció que perdonaba el fraude a cambio de un abono del 10% de las cantidades recuperadas, pero lo cierto es que el gravamen del 10% se hizo sobre los intereses generados por el dinero negro durante los últimos tres años. El Gobierno autorizó que el dinero en efectivo se pudiese acoger a la amnistía fiscal. Para ser beneficiario de esta disposición, era suficiente con declarar que se poseía ese dinero con anterioridad a 2010. Como es normal, la medida resultó ser una forma de legalizar dinero procedente del narcotráfico, la prostitución, la venta de armas, el tráfico de personas y otras actividades criminales. De hecho, el Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) descubrió 85 operaciones susceptibles de ser consideradas como blanqueo de capitales referentes a 79 personas acogidas a la amnistía fiscal. El SEPBLAC poseía información acerca de otros 310 amnistiados respecto a sus declaraciones mensuales obligatorias. La Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo obliga a bancos, notarios y registradores de la propiedad a informar al SEPBLAC de cualquier movimiento sospechoso que tenga como fin utilizar dinero negro en el mercado legal. El SEPBLAC recibe anualmente unos 5.000 avisos de este tipo, el organismo investiga el asunto y si considera que existe base legal para imputar un delito económico, procede a informar del mismo a las unidades de la Guardia Civil, la Agencia Tributaria, la Policía Nacional o la Fiscalía con el fin de que presenten la denuncia correspondiente. Aunque el Gobierno del PP pretendía recaudar con esta medida una cifra cercana a los 2.500 millones de euros, la cantidad real ni siquiera llegó a la mitad. La Agencia Tributaria apenas ingresó 1.191 millones de euros de los 40.000 millones regularizados.

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La viabilidad de las pensiones y del Estado de Bienestar están amenazadas por la falta de control, la opacidad en la gestión y la fiebre privatizadora. CTXT lanza una serie de tres análisis sobre la administración del dinero público en los últimos años

http://ctxt.es/es/20180418/Politica/19081/pensiones-despilfarro-fraude-fiscal-sicav-economia-sumergida-noos-falciani-hsbc-cemex-junquera-cubiles.htm

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